Local Servicios de hostelería para personal de Cetursa “La Tasca”

  • Expediente: Local para servicios de hostelería para el personal de Cetursa “La Tasca”
  • Fecha de publicación: 16/11/2021
  • Fecha límite presentación: Hora 14:00 del día 26/11/2021
  • Lugar de presentación:
  • Entrega física: Oficinas de Cetursa Sierra Nevada, en horario de 9:00 a 14:00 horas Entidad: Cetursa Sierra Nevad, Plaza de Andalucía n.º 4 Localidad y código postal: Sierra Nevada-Monachil 18196

CONDICIONES PARTICULARES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE ARRENDAMIENTO DEL LOCAL CONOCIDO COMO TASCA DEL PERSONAL EN PRADOLLANO

Cetursa Sierra Nevada, S.A. considera un objetivo estratégico y socialmente beneficioso contar con servicios de restauración que den cobertura a las necesidades de su personal en la Urbanización de Pradollano.

El carácter social de los servicios prestados motiva el ajustado importe de salida, puesto que la empresa considera más importante el beneficio social que el económico, y que los precios ofertados por servicios de hostelería en dicho local a los trabajadores de Cetursa Sierra Nevada, S.A. y de sus empresas vinculadas esté por debajo de los precios de mercado en Sierra Nevada.  

  1. OBJETO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA

El objeto de esta licitación pública es el arrendamiento del establecimiento de Hostelería conocido como “Tasca de Personal Pradollano”, propiedad de Cetursa, S.A., ubicado en el Edificio de Maquinaria, en Sierra Nevada, y que constituye una unidad patrimonial, como lo prueba el inventario que se adjunta perfectamente instalado con la maquinaria precisa para su explotación.   

  1. DESCRIPICIÓN DEL LOCAL

Establecimiento de Hostelería conocido como" Tasca Personal Pradollano ", sito en el edificio Maquinaria, Sierra Nevada. Superficie 300,47 m2. 3

  1. REQUISITOS Y CONDICIONES OBLIGATORIAS (ADICIONALES A LAS INCLUIDAS EN LAS CONDICIONES GENERALES)
  2. En el citado local solo podrán prestar servicios de hostelería y restauración, estando expresamente prohibido cualquier otra actividad.
  3. El arrendatario deberá contar con todos los permisos y licencias necesarios paras ejercer una actividad de hostelería.
  4. Será de cuenta del arrendatario los gastos de los servicios que se le proporcionen, agua, electricidad, así como de todos los tributos que de ello se deriven y permisos, licencias que en su caso proceda, así como el mantenimiento del mismo durante la vigencia del contrato.
  5. El servicio deberá estar dirigido solo y exclusivamente al personal de Cetursa, Sierra Nevada Sport Club, o al personal expresamente autorizado por la propiedad.
  6. La Tasca permanecerá abierta al público durante todos los días de la temporada de esquí, y la hora de apertura coincidirá con el primer autobús de transporte de personal de la mañana.
  7. Está prohibida la venta de bebidas alcohólicas de ningún tipo y la venta o consumo de tabaco.
  8. La lista de precios deberá estar firmada por ambas partes.
  9. El arrendatario cederá a CETURSA el local para la celebración de fiestas o cenas, etc. que con motivo de las pruebas deportivas que, en su caso, se celebren en la estación. Estos eventos tendrán lugar fuera del horario de apertura exigida en este contrato.
  10. El arrendatario será responsable de todos los temas que se deriven de la prestación de los servicios, de modo especial los laborales, de seguridad y prevención de riesgos, y los de higiene-sanitarios, debiendo de mantener las instalaciones y maquinaria en perfecto estado de funcionamiento y de limpieza.
  11. El personal de Cetursa, podrá visitar para comprobar el estado de las instalaciones tantas veces como estime conveniente durante el periodo de arrendamiento, y sin previo aviso al arrendador, en horas de apertura.
  12. El arrendador se compromete a cumplir exhaustivamente con los Planes Generales de Higiene, responsabilizándose de las medidas que se pudieran derivar. Todo el personal deberá contar con el carnet de Manipulador y con el vestuario acorde a su actividad. No obstante, y con el fin de garantizar el cumplimiento de los PGH, Cetursa a través de unos laboratorios realizará periódicamente distintos muestreos asumiendo el coste de los mismos.
  13. Se establece el precio de menú para los trabajadores de Cetursa en 7,50 € (IVA incluido).

No obstante, y por las particularidades del convenio de Cetursa, el personal del área de Hostelería así como el personal de Guardia de Remontes, y en los casos que sean necesarios, disfrutaran de un MENU (1° plato, 2° plato, postres, bebida y pan ). Este correrá a cuenta del Arrendador, por lo que dicho personal deberá firmar una comanda en la que se debe especificar el nombre, el departamento, y la fecha, y para los que corresponde a la guardia el remonte donde estén asignados.

El arrendatario presentará factura mensual por dicho concepto, el valor del menú será de 7,50 € IVA incluido. Además, todo el personal de Cetursa y de sus empresas podrá hacer uso del local llevando comida o bebida propia.

  1. No podrá realizarse ningún tipo de publicidad en los exteriores ni en los interiores de las instalaciones, que no sea de la propia actividad, nombre y horario. Y esto siempre será con la aprobación de la propiedad respecto a denominación, dimensiones, colorido, etc.
  2. Por la ubicación del local situado en una zona de recreo y uso restringido de vehículos, el Arrendador autoriza el paso al vehículo del arrendatario para descargas de material, debiendo permanecer en esta área solo durante el tiempo necesario. Si por el contrario el aprovisionamiento lo realizase un vehículo ajeno, el arrendatario solicitará autorización al respecto para el paso.
  3. PRECIO DE PARTIDA DE LA LICITACIÓN

El precio de oferta mínimo para el arrendamiento del local 1, será de 450 €, por temporada, más los impuestos correspondientes.

No podrán en ningún caso los licitadores bajar el precio de los arrendamientos, si bien podrán igualarlo u ofertar uno más alto.

El precio de partida para la licitación es el indicado para cada local más IVA por cada temporada de esquí (normalmente de noviembre a mayo), pagadero por anticipado, antes de ocupar el local, no pudiendo los licitadores en ningún caso bajarlo, si bien podrán igualarlo u ofertar uno más alto.

Para el segundo y sucesivos años, incluidos los posibles de prórroga, el precio inicial se actualizará para cada nueva temporada de esquí con el IPC interanual de octubre a septiembre.

Todos los suministros con los que cuenta el local (agua, luz, calefacción, etc.) serán por cuenta exclusiva del arrendatario, así como los gastos de su conservación y mantenimiento, y lo que ocasionen la reparación, sustitución y modificación, originados por el propio arrendatario y, siempre con el permiso previo de Cetursa.

Correrán a cargo del arrendatario todos los tributos que correspondan a la actividad, así como la tasa de basuras, etc., y que no graven directamente la propiedad.

  1. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS Y DOCUMENTACIÓN

Las propuestas presentadas por los licitadores que deseen tomar parte en el concurso, constarán de los sobres que a continuación se indican, y  cada uno de ellos deberá

  1. Numerar el sobre con la titulación indicada al respecto para cada sobre en las CONDICIONES PARTICULARES.
  2. Firmarlo en el anverso por el licitador o persona que lo represente, con el nombre, apellidos y DNI de quien firma la propuesta y el carácter con que lo hace, todo ello de forma legible.
  3. Indicación del concurso al que se concurre.

A la recepción de cada sobre en las oficinas de CETURSA SIERRA NEVADA, S.A., se hará constar en cada uno de ellos la fecha y hora de recepción y firma e identificación de la persona de Cetursa que los recibe.