Oferta de compra de Forfaits/pases Industriales de Cetursa Sierra Nevada S.A. para la temporada de invierno 2022/2023

  • Expediente: FFIndustrial22-23
  • Fecha de publicación: 10/10/2022
  • Fecha límite presentación: Hora 15:00 del día 31/10/2022

OFERTA DE PASES INDUSTRIALES DE CETURSA SIERRA NEVADA, S.A. PARA LA TEMPORADA DE INVIERNO 2022-2023

1. Objeto y condiciones económicas de la oferta comercial

Un número relevante de los clientes que visitan la Estación de Esquí y Snowboard de Sierra Nevada tiene un perfil de debutante o principiante, por lo que la iniciación, pero también el perfeccionamiento en la práctica de los deportes de invierno resultan estratégicos para el desarrollo de nuestra actividad y para cumplir el objetivo de que el conjunto de servicios que se prestan en la estación, alcance los niveles de excelencia y garantías de seguridad, demandados y necesarios para una actividad de este tipo.

Cetursa Sierra Nevada S.A. es una empresa del sector público andaluz, adscrita a la Consejería Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, que lleva a cabo la explotación de los medios mecánicos y pistas de la Estación de Esquí y Snowboard de Sierra Nevada, y pone a disposición de las escuelas y profesionales de la iniciación y el perfeccionamiento de los deportes de invierno una oferta comercial exclusiva de un máximo de 500 pases de temporada para profesionales ejercientes en la formación de esquí y snowboard, llamados PASE
INDUSTRIAL, con los siguientes descuentos especiales y condiciones:

Descuento del 50% del precio de venta al público (PVP) del forfait de temporada sin promociones (IVA incluido) para los profesionales del sector, tanto empresas como autónomos.

Cetursa Sierra Nevada, S.A. fija como límites mínimos para considerar a un titulado para la formación en esquí y snowboard como profesional en ejercicio el que pueda acreditar al menos:

Para autónomos y escuelas que renueven su adhesión a la oferta de pases industriales: una base imponible de IVA repercutido de 4.000 euros (cuarto trimestre de 2021 y primer y segundo trimestre de 2022) por cada uno de los pases industriales activados en la temporada inmediatamente anterior, es decir, en la temporada 2021-2022. (Ej: escuela y/o autónomo que adquiriera 4 pases industriales la temporada anterior y que renueve la oferta, tendrá que acreditar una facturación en base imponible de 16.000€).

Para autónomos y escuelas que deseen adherirse por primera vez a la oferta de pases industriales: haber cotizado a jornada completa al menos 41,5 días durante la temporada anterior -como profesor de esquí por cuenta ajena-; si ya estuviera ejerciendo de forma autónoma o como empresa la actividad en temporadas anteriores, una base imponible de IVA repercutido de 4.000 (cuarto trimestre de 2021 y primer y segundo trimestre de 2022) y por cada uno de los forfaits de temporada adquiridos en la temporada inmediatamente anterior, es decir, en la temporada 2021-2022. (Ej: escuela y/o autónomo que adquiriera 4 forfaits de temporada la temporada anterior, tendrá que acreditar una facturación
en base imponible de 16.000€).

En el caso de las escuelas, dichos límites se calcularán globalmente en proporción al número de pases industriales obtenidos en la temporada
inmediatamente anterior.

En cualquier caso, ésta es una oferta comercial que no vincula a Cetursa Sierra Nevada, S.A., ni a las escuelas y profesionales en ningún otro marco de hecho ni de derecho, que no sea el del texto de esta.

A esta oferta podrán optar empresas dedicadas a esta actividad en la estación de esquí y montaña de Sierra Nevada con personal contratado al efecto -a partir de ahora escuelas- o profesionales autónomos, siendo su responsabilidad en ambos casos garantizar el cumplimiento de los requerimientos de esta oferta.

El producto ofertado es único y válido hasta el final de la temporada de invierno. Sólo podrá ser utilizado por profesores de esquí y snowboard. El precio no varía, aunque la activación de este se realice a mitad de la temporada o deje de utilizarse antes de que finalice la misma. No tendrá carácter reembolsable, si bien se contempla el cambio de este en favor de otro titular -que aporte la documentación requerida y sea validada- en caso de despido, baja, lesión, etc… El pase industrial no incorpora seguro de accidentes alguno. El pase industrial sí
incorpora el Seguro Obligatorio de Viajeros.


El pase industrial es un producto exclusivo para el ejercicio de una actividad profesional, por lo que sus titulares no están afectos a la Ley General para la defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (RD Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre).

La solicitud de los pases se realizará en los plazos indicados, aunque el pago se formalizará por la escuela o profesional con carácter previo a la activación del pase para su uso a lo largo de la temporada de invierno.


Para las escuelas que renueven la oferta de pase industrial, se establecerá la posibilidad de acceder a un forfait de refuerzo una vez alcanzado el número total de activaciones de la escuela en la temporada inmediatamente anterior. Para acceder al forfait de refuerzo la petición deberá ir dirigida a paseindustrial@cetursa.es indicando en el objeto del mensaje “solicitud forfait comercial de refuerzo”. Se podrá solicitar un máximo del 20% sobre el total de los pases industriales adjudicados por la escuela o autónomo. Los beneficiarios de este pase deberán cumplir los mismos requisitos de acceso que se establecen en esta oferta.

La reimpresión de los forfaits industriales estará sujeta a las condiciones generales de uso de forfaits descritas en la página web www.sierranevada.es

2. Criterio de selección para la obtención del pase industrial

El proceso de selección para obtener un pase industrial se hará en primer lugar en función de la titulación que exige la Normativa Vigente, dando siempre prioridad a los Técnicos Deportivos Superiores (TD3), a continuación, los Técnicos Deportivos (TD2). Caso de empresarios que carezcan de dicha titulación, deberán contar en su plantilla con un titulado TD2 o TD3 que realice las funciones de supervisión de los profesores TD1 contratados o en proceso de formación.

El segundo criterio de selección estará vinculado al cumplimiento de los límites establecidos en el punto 1 de esta oferta.

Una vez se acceda al pase industrial, la asignación se realiza en base a activaciones realizadas en temporadas anteriores y comenzando la asignación por aquellos profesionales y escuelas que renueven la oferta de pases industriales y asignando a los nuevos adscritos tan sólo un pase industrial para la presente temporada.

Si los nuevos adscritos a esta oferta quieren aumentar el número de pases concedidos, deberá pagarlo a PVP menos el 20%, y al final de la temporada presentará la facturación y cotización para acogerse a los precios de esta oferta. (Nunca superando el máximo de 500 pases de temporada para profesionales).

Los profesores extranjeros que quieran acogerse a la oferta de pases industriales tendrán que cumplir con la normativa estatal y europea vigente

3. Accesos con clientes con producto FAST PASS

Acceso a través de los accesos “fast pass” (sistema de acceso a los medios mecánicos consistente en unas vías de acceso preferentes para los clientes que adquieran este tipo de forfait, el cual dará una entrada rápida a los remontes mediante un camino de acceso diferenciado del ordinario) siempre acompañando a los clientes particulares que hayan contratado los servicios al profesional o empresa titular del forfait industrial.
Esta cláusula estará sujeta a la creación de dichos accesos y a las condiciones particulares que se establezcan.
En ningún caso un profesor podrá acceder en solitario a través de un acceso “fast pass”.
Acceso a Borreguiles en telecabina antes de la hora de apertura exclusivamente para el titular de forfait industrial

4. Vigencia de la oferta

La vigencia de la oferta y del pase industrial será para la temporada en curso.

5. Procedimiento de compra del pase industrial

Cada escuela o profesional presentará una solicitud de compra de pase, acompañada de la siguiente documentación:

Presentación de las solicitudes hasta el 31 de octubre de 2022 a las 15:00h -TODA ESTA DOCUMENTACIÓN DEBERÁ ESTAR VALIDADA ANTES DE ESA FECHA-

  • Anexos I, II, III. -cumplimentados en todos sus campos y firmados digitalmente y de forma visible-.
  • Escaneo del NIF, NIE o CIF. -No es necesario aportar este documento si se renueva la oferta--.
  • Escaneo de las escrituras de constitución de la sociedad -sólo para escuelas o U.T.E.’s- -No es necesario aportar este documento si se
    renueva la oferta--.
  • Titulación compulsada TD2 o TD3 del solicitante -caso de no estar el solicitante en posesión de esta titulación, deberá de adjuntar en esta celda la declaración jurada que se indica a continuación. -No es necesario aportar este documento si se renueva la oferta--.
  • Declaración jurada, en su caso, de que se llevan a cabo tareas de supervisión sobre los TD1 y que se documentan. -solo para aquellos que no son TD2 o TD3, pero si son propietarios de escuelas o autónomos contratantes. -No es necesario aportar este documento si se renueva la oferta-.
  • Modelos de I.V.A. de los trimestres 4T de 2021 y 1T y 2T de 2022.
  • En su caso, Informe de vida laboral -sólo para nuevos profesionales autónomos o escuelas-.
  • Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria de Andalucía.
  • Certificado de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social.
  • Póliza de Responsabilidad civil compulsada y que cumpla los requisitos establecidos en esta oferta.
  • Certificado expedido por la compañía aseguradora acreditativo de la vigencia de la póliza de RC.
  • Recibo acreditativo del pago de esta y/o de su renovación.

Una vez aportada esta documentación, que puede hacerse de forma gradual, se procederá a su validación o denegación. En este último caso se recibirá un correo electrónico en el que se indicará brevemente el motivo de la denegación con un enlace para subir de nuevo un documento para ser validado de nuevo.

Alcanzado el 100% se requerirá una documentación adicional, que podrá aportarse en cualquier momento antes del inicio de la actividad y que se describe a continuación:
• Alta en el epígrafe correspondiente en Agencia Estatal de Administración Tributaria. No es necesario aportar este documento si se renueva la oferta-
• Alta en Seguridad Social y/o recibo acreditativo del pago de la cuota de autónomos.

El pago siempre será online con tarjeta bancaria de crédito, débito o virtual, por lo que las tarjetas bancarias que vayan a ser utilizadas tendrán que disponer de los límites adecuados en función de las compras a realizar y de los permisos necesarios para operar en comercios electrónicos a través de internet.

No se admitirá documentación entregada por correo electrónico ni de forma presencial ni en otro formato que no sea .pdf, siendo la documentación presentada siempre a través del centro de comercio de la web www.sierranevada.es

Requisitos técnicos para la obtención del pase industrial:


1. Todas las personas que vayan a usar el pase deberán tener la Titulación Oficial, específica de las modalidades de Deportes de invierno,
conforme a la normativa vigente.
2. Estar dado de alta en el IAE en el epígrafe o epígrafes correspondientes a la actividad que desarrolla, incluyendo la enseñanza, iniciación y
perfeccionamiento de los deportes de invierno.
3. Contar con los medios personales y materiales suficientes para mantener comunicación con Cetursa Sierra Nevada S.A. en horario de
explotación por motivos comerciales, operativos y/o de seguridad.
4. Disponer de los recursos materiales y humanos para cumplir los contenidos de la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, así como en la normativa de aplicación en la contratación a distancia mediante páginas web y otros soportes electrónicos, al menos en los siguientes términos:

Identificación del responsable de la oferta.

a) Identidad de la escuela o del profesional, incluido su nombre comercial, a través del centro de comercio de Sierra Nevada ubicado en
www.sierranevada.es Todas aquellas escuelas que se adhieran por primera vez a la oferta tendrá que solicitar en primer lugar el alta en el siguiente enlace: alta escuela debiendo rellenar todos los campos requeridos y tener cuenta registrada la persona que vaya a realizar la subida de documentación en nombre de dicha escuela.

Prácticas comerciales desleales.


a) No usar prácticas desleales con los consumidores y usuarios.
b) Información veraz sobre adhesión a la oferta de Pases Industriales y enlace desde la web o red social del adherido a la oferta hacia la
web de Cetursa donde aparecerá el listado de adscritos a la oferta para la temporada 2022-2023.
c) Información sobre la dirección postal, número de teléfono, fax, cuando proceda, dirección de correo electrónico en los que el consumidor y
usuario, cualquiera que sea su lugar de residencia, pueda interponer sus quejas y reclamaciones o solicitar información sobre los servicios ofertados o contratados.
d) Dirección legal para remitir correspondencia, si es distinta a la habitual.
e) Compromiso de colaboración en caso de evacuación o emergencia que pudiera tener lugar en el área esquiable de la Estación de Esquí.
Para ello, y en el caso de evacuación o emergencia comunicada por la estación, antes de abandonar las instalaciones, el titular del contrato acudirá o contactará con la Torre de Control para conocer la situación y ponerse a disposición del personal de Cetursa Sierra Nevada S.A. encargado de la actuación. Compromiso de colaboración para aquellas situaciones en las que la explotación de la estación se pueda ver comprometida por razones técnicas o meteorológicas.
f) Los titulares de pases industriales deben de ir identificados en su vestimenta de trabajo con la palabra INSTRUCTOR, PROFESOR o MONITOR,
de forma claramente visible y, si son profesores de una escuela, con la identificación de esta.

g) Tener suscrita y en vigor durante todo el periodo de duración de la autorización una póliza de Responsabilidad Civil General / Profesional que dé cobertura a los daños corporales, materiales y consecutivos causados en el curso de la actividad autorizada que fueren imputables a la empresa, sus directivos, empleados y subcontratistas, incluidos monitores con contrato mercantil. La póliza deberá tener un límite de indemnización mínimo por siniestro de 600.000€, sin sublímite por víctima inferior a dicha cuantía. De forma adicional, deberá incluir cobertura de Responsabilidad Civil Patronal, con sublímite por víctima no inferior a 450.000€. Será necesario presentar prueba de cumplimiento de las condiciones anteriores con carácter previo al inicio de la actividad, en el momento de solicitud de la autorización. En concreto, se deberá presentar certificado de cobertura actualizado expedido por la entidada seguradora. El cumplimiento de la presente condición no limitará las
responsabilidades de la empresa autorizada, sus directivos, empleados y subcontratistas, incluidos los monitores subcontratados, debiendo responder totalmente de los daños y perjuicios causados a terceros.

5. Cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo y liberando a Cetursa Sierra Nevada, S.A., de cualquier responsabilidad, que, por dicho motivo, pudiera originarse. Por tanto, en ningún caso Cetursa Sierra Nevada S.A. resultará responsable de las obligaciones del beneficiario de la oferta con sus usuarios finales, como despidos y medidas que adopte aun cuando sean consecuencia, directa o indirectamente, del incumplimiento o interpretación del contrato establecido.
En el caso de las escuelas, que todo el personal contratado para el desarrollo de esta actividad esté dado de alta en la Seguridad Social cuando tenga el pase activado.
6. Cumplir con las obligaciones en materia de Prevención de Riesgos laborales incluidas en la ley 31/1995, el Real Decreto 39/97 y los diferentes
Reales Decretos que han transpuesto Directivas europeas sobre salud y seguridad en el trabajo.

7. Las personas que usen el pase –sea trabajador contratado por cuenta ajena o profesional- tendrán que suscribir el Código Ético descrito en esta oferta (Anexo II) de modo individual, al ser esta obligación de forma personal y exclusiva del usuario del pase, con la debida vigilancia de la escuela y/o profesional responsable de la oferta comercial. Las penalizaciones asociadas al mismo tendrán que asumirse por las escuelas o profesionales que compran los pases, sin menoscabo de los acuerdos o repercusiones que éstos quieran
realizar sobre terceros.
Así mismo y en caso de no ser arrendatarios de un local en Borreguiles para la atención personalizada de los clientes, se deberá hacer uso de los puntos de encuentro que se habiliten, quedando terminantemente prohibido ofertar clases o la recepción de clientes fuera de las zonas habilitadas.
8. La responsabilidad del desarrollo de la actividad de clases será exclusiva de la escuela o el profesional que preste el servicio, cualquiera que sea el estado y condiciones de la climatología, la nieve, la pista y, en general, de los medios que se utilicen para el desarrollo de su actividad en cada momento. 

6. Documentación necesaria para acreditar la condición de PROFESIONAL EJERCIENTE de la enseñanza, iniciación o perfeccionamiento de los deportes de invierno


a) Las personas físicas que soliciten adherirse a la oferta comercial deberán de tener cuenta registrada en el centro de comercio de sierra nevada y caso que se adhieran por primera vez y no tengan cuenta registrada deberán hacerlo en el siguiente enlace: crear cuenta registrada Si ya tienen una cuenta registrada accedan a la oferta a través del siguiente enlace:
b) La capacidad de obrar de las escuelas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica o ente sin personalidad de que se trate.
c) Cuando el solicitante actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, acompañado de declaración de vigencia de este.

d) Copia compulsada de Titulación Oficial, específica de las modalidades de deportes de invierno, conforme a la normativa vigente o certificación con código CSV emitido por el organismo correspondiente.
e) Certificado de la Agencia Tributaria de situación censal con estado de alta en el IAE en un epígrafe que faculte para el ejercicio de la actividad de enseñanza, iniciación y perfeccionamiento de los deportes de invierno o en su defecto modelos 036 o 037.
f) Certificado de que se halla al corriente del pago de las obligaciones tributarias (autonómica y estatal) y de las cuotas de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
g) Copia compulsada de la Póliza de Responsabilidad Civil General / Profesional y del recibo de estar al día en los pagos de esta para confirmar su
vigencia o bien, certificado de vigencia de dicha póliza y de los requisitos establecidos en el punto 4, sección “prácticas comerciales desleales”, letra g) del documento.

h) Declaraciones trimestrales de IVA del cuarto trimestre de 2021, y del primer y segundo trimestres de 2022 que acrediten, en su conjunto, una
facturación (Base imponible de IVA repercutido) de al menos 4.000 euros por pase industrial, en el cómputo total de la temporada 2021-2022.
i) Certificado de Vida Laboral del periodo 1 de noviembre de 2021 a 30 de abril de 2022, con al menos 41,5 días a jornada completa.
j) Las escuelas y profesionales que deseen concurrir integrados en una unión temporal de empresas deben presentar un compromiso por escrito de constituirse formalmente en unión temporal en caso de querer acudir a la oferta comercial. Cuando dos o más empresas presenten conjuntamente a la oferta comercial, cada una acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar el nombre y circunstancias de las empresas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y designación de la persona o entidad que, durante la oferta comercial, haya de ostentar la plena representación de todas frente a Cetursa Sierra Nevada S.A.
k) Identificación de la sede social, así como de la comercial, sea esta física y/o electrónica, si ambas fueran diferentes.
l) Anexo I cumplimentado en todos sus campos y con firma digital visible, como solicitud de pase industrial.
m) Anexo II cumplimentado en todos sus campos y con firma digital visible.
n) Anexo III: cumplimentado en todos sus campos y con firma digital visible.
o) Para las escuelas y profesionales tanto nacionales como extranjeros, el compromiso de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, y en concreto a los de Granada para todas las incidencias, que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponder al licitante.
En cualquier momento, Cetursa Sierra Nevada S.A podrá solicitar la actualización de la información que considere para garantizar que se cumplen los requisitos durante toda la temporada.

7. Calificación de la documentación general.

Dentro del plazo que finaliza el próximo día 31 de octubre, de forma gradual se irán validando o rechazando los diferentes documentos que se vayan presentando, por su orden. Durante ese periodo de tiempo se podrán ir realizando nuevas aportaciones de documentación en el caso que hayan sido denegadas con el fin de llegar al final del plazo con toda la documentación  validada. Concluido el plazo de presentación de las solicitudes, si el progreso de esta ha alcanzado el 100% se considerará que el solicitante ha accedido a la oferta de pases industriales para la temporada 2022-2023.
Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los solicitantes, se podrá recabar de éstos las aclaraciones que se estimen oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, requerimiento que deberá ser cumplimentado en el plazo máximo de cinco días naturales y siempre antes de la declaración de admisión de las solicitudes.

8. Dudas y aclaraciones


Las consultas deben formularse por escrito al correo electrónico: paseindustrial@cetursa.es no atendiéndose si se remiten a cualquier otra cuenta
de correo electrónico corporativo de Cetursa Sierra Nevada, S.A.

Sierra Nevada a 7 de octubre de 2.022

[ACCESO A LA SOLICITUD DE PASES INDUSTRIALES]